ÍNDICES DE VALOR
UNITARIO DEL COMERCIO EXTERIOR
1. Introducción
Los
índices de valor unitario (IVU) para el comercio exterior son una aproximación
a los índices de precios de las operaciones de exportaciones y expediciones,
así como de importaciones e introducciones (en adelante exportaciones e
importaciones), con origen o destino en la Comunitat Valenciana. Resultan una
aproximación y no son los índices de precios reales, debido a que los precios
que se analizan en esta operación no hacen referencia a bienes claramente
diferenciados, sino a conjuntos de productos más o menos homogéneos, pero con
diferencias que pueden ser relativamente significativas.
A
pesar de esta limitación, los IVU permiten aproximarnos a la evolución de los
precios de las exportaciones e importaciones y por lo tanto, se utilizan como
deflactores del comercio exterior, es decir, permiten la elaboración de series temporales
de exportaciones e importaciones en términos reales, sin la influencia de los
precios.
2.
Ámbitos de la investigación
Se investigan los precios de
las operaciones de exportación e importación de mercancías con origen o destino
en la Comunitat Valenciana, excluyendo el comercio con el resto de España.
Ámbito
territorial
El ámbito territorial es el conjunto de la
Comunitat Valenciana.
Ámbito
temporal
El
período de referencia de los resultados y de la información es el mes natural.
3. Aspectos metodológicos
3.1. Información de base
La información
de base para construir los IVU procede del Departamento de Aduanas e Impuestos
Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. Este
Departamento facilita la información de comercio exterior con periodicidad
mensual al máximo nivel de desagregación. Los datos se ofrecen a todos los usuarios
a través de su página web mediante ficheros mensuales que contienen alrededor de
200.000 registros para la Comunitat Valenciana.
La estadística del
comercio exterior de España se obtiene a partir de las siguientes fuentes:
-
Comercio con terceros países: tiene como base la Declaración de despacho en
Aduana (DUA o Documento Único Administrativo)
-
Comercio intracomunitario: desde el año 1993 no existen fronteras entre los
países que integran la Unión Europea ni, por lo tanto, formalidades aduaneras.
Por tanto, en general, se estableció la obligación por parte de los operadores
económicos de formalizar la declaración estadística Intrastat, que recoge las
correspondientes operaciones intracomunitarias. Dicha declaración constituye la
base para la obtención de los datos estadísticos del comercio entre los estados
miembros.
La elaboración de la
estadística de comercio exterior se adapta a las correspondientes normas
comunitarias, entre las que destacan:
-
Reglamento (CEE) nº 3330/91, del Consejo, de 07-11-91, que constituye la norma
base para las estadísticas del comercio entre los estados miembros.
-
Reglamento (CEE) nº 3046/92, de la Comisión, de 22-10-92, que fija las
disposiciones de aplicación del Reglamento base anterior.
-
Reglamento (CE) nº 1172/95, del Consejo, de 22-05-95, que constituye la norma
base para las estadísticas del comercio de la comunidades y de sus estados
miembros con terceros países.
-
Reglamento (CE) nº 840/96, de la Comisión, de 07-05-96, que fija las
disposiciones de aplicación del Reglamento base anterior.
3.2. Definición de clase elemental
Se denomina clase elemental al conjunto
de productos perteneciente, simultáneamente, a las cinco características
siguientes:
Para confeccionar
estas zonas geográficas se tuvieron en cuenta los países que las integraban a 1
de enero de 2005.
Las variables Grupo de Utilización (GU) y
CUCI se obtienen a partir de las correspondencias entre estas clasificaciones y
la Nomenclatura Combinada (NC), que es la que se utiliza para el comercio
exterior.
En resumen, las clases elementales de
partida se obtienen a partir de las intersecciones que se pueden dar entre
flujo de comercio, zona geográfica, grupos CUCI (3 dígitos), grupos de
utilización a cuatro dígitos y tipo de unidad. En el cuadro 1 se muestran las
clases elementales que se han obtenido, los registros y el porcentaje sobre el
flujo de exportaciones o importaciones para el año 2005.
Cuadro 1: Resumen de la información para
el año 2005
Exportaciones
|
Nº clases totales |
% clases |
volumen comercio (millones €) |
% comercio |
Nº registros |
% registros |
U.E. |
563 |
33,77 |
11.642,12 |
68,21 |
503.753 |
50,91 |
Resto O.C.D.E |
510 |
30,59 |
2.158,20 |
12,69 |
179.774 |
18,17 |
Resto mundo |
594 |
35,63 |
3.248,35 |
19,10 |
305.952 |
30,92 |
Total |
1.667 |
100,00 |
17.007,08 |
100,00 |
989.479 |
100,00 |
Importaciones
|
Nº clases totales |
% clases |
volumen comercio (millones €) |
% comercio |
Nº registros |
% registros |
U.E. |
658 |
36,33 |
10.171,96 |
55,33 |
391.350 |
49,63 |
Resto O.C.D.E |
551 |
30,43 |
2.068,66 |
11,26 |
88.908 |
11,28 |
Resto mundo |
602 |
33,24 |
6.136,18 |
33,40 |
308.198 |
39,09 |
Total |
1.811 |
100,00 |
18.371,79 |
100,00 |
788.456 |
100,00 |
3.3. Definición
de valor unitario
La información aduanera de base agrega el
valor y el peso, o el número de unidades, de las operaciones comerciales
agrupadas por códigos de la Nomenclatura Combinada y por países. Por lo tanto,
como se ha visto anteriormente, no se dispone de información de precios de
productos, ya que cada código aduanero abarca una colección de productos, más o
menos amplia. Si una determinada agrupación es suficientemente homogénea, el
valor unitario se puede considerar como buena aproximación al precio medio de
los productos que pertenecen a dicho agregado.
Para el cálculo de los índices de valor unitario,
la información de interés contenida en los ficheros del Departamento de Aduanas
e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria es la siguiente:
-
el flujo (exportaciones o importaciones)
-
el país de origen o destino
-
el producto (clasificado por códigos de la
Nomenclatura Combinada (NC) o del Arancel Aduanero Comunitario Integrado
(TARIC)
-
el valor de la operación
-
el peso
-
el número de unidades de la mercancía
negociada
-
la provincia de origen o destino.
Para la asignación de la
provincia se utiliza el campo provincia de origen/destino de los datos del
Departamento de Aduanas, en el caso de que este campo aparezca en blanco se
asigna la provincia según la variable provincia
domicilio fiscal del exportador/importador.
El valor unitario de la clase elemental i
se va a calcular como:
para las clases con tipo de unidad k,
donde uik es el número de unidades y es el valor,
o bien:
para las clases con peso, donde qi
es el peso en Kg y es el valor.
3.3. Selección de las clases elementales
Al tratarse de índices encadenados no
existe realmente un año base, sino que en el año actual la base es el año inmediatamente
anterior. Los IVU van referidos al año 2005 y la estructura comercial que se ha
considerado es también la de 2005. Esta estructura comercial constituye el
armazón de todo el sistema de los IVU y determina la configuración de las
clases elementales.
De todas las clases elementales posibles,
se seleccionan aquellas que cumplen una serie de propiedades deseables para
realizar adecuadamente el cálculo de los valores unitarios. Estas propiedades
son las siguientes:
-
Tamaño muestral suficiente
-
Permanencia temporal
-
Volumen de comercio significativo
-
Homogeneidad respecto al valor unitario
La clase elemental constituye un espacio
muestral para la estimación del valor unitario, y como tal, debe contar con un
número suficiente de observaciones o registros para que la estimación de la
media sea consistente. El segundo requisito se refiere al tamaño de las clases,
puesto que la permanencia temporal de una clase en la “cesta” estará asegurada
siempre que su tamaño muestral mensual no sea nulo. Si el tamaño de la clase
supera una cierta cota inferior, se cumplirán simultáneamente las dos primeras
condiciones.
En
la selección inicial de las clases, se excluyen a priori una serie de
bienes (joyas, objetos de arte, antigüedades, buques, aeronaves, oro no
monetario, etc.) por considerarse que su comportamiento es muy errático, o por
las características específicas de su comercio internacional. También se excluyen algunas
posiciones de la Nomenclatura Combinada que carecen del dato correspondiente al
tipo de unidad.
En el siguiente cuadro se relacionan
todos estos grupos que han sido eliminados a priori:
Cuadro 2: Grupos CUCI eliminados a priori
667 |
Perlas,
piedras preciosas y semipreciosas. |
792 |
Aeronaves
y equipo conexo; naves espaciales (incluso satélites) y vehículos de
lanzamiento de naves espaciales; sus partes y sus piezas. |
793 |
Buques,
embarcaciones (incluso aerodeslizantes) y estructuras flotantes. |
811 |
Edificios
prefabricados. |
896 |
Obras
de arte, piezas de colección y antigüedades. |
897 |
Joyas
y objetos de orfebrería y platería y otros artículos de materiales preciosos
y semipreciosos. |
899 |
Otros
productos manufacturados diversos. |
911 |
Paquetes
postales no clasificados según su naturaleza. |
931 |
Operaciones
y mercancías especiales no clasificadas según su naturaleza. |
961 |
Monedas
(excepto de oro) que no tengan curso legal. |
971 |
Oro
no monetario (excepto minerales y concentrados de oro). |
El número de observaciones que cada mes
forma parte de una clase elemental sigue una distribución de Poisson (distribución
de probabilidad discreta que expresa la probabilidad de un número de eventos
ocurriendo en un tiempo fijo si estos eventos ocurren con una tasa media
conocida y son independientes del tiempo desde el último evento). Se adopta
como criterio general seleccionar las clases elementales con un tamaño muestral
mínimo de 240 observaciones anuales. Con este criterio se seleccionan la mayor parte
de las clases elementales tanto para las exportaciones como para las
importaciones.
Posteriormente se pueden establecer otros
criterios atendiendo al tamaño muestral para poder rescatar otras clases
elementales que son relevantes por su peso en el total del volumen de
exportaciones o de importaciones.
Finalmente, luego de todos estos
procesos, el número de clases elementales que entran a formar parte de la
muestra para el cálculo de los IVU queda como sigue:
Cuadro 3: Nº de clases elementales finalmente
consideradas
|
Exportaciones |
Importaciones |
U.E. |
201 |
263 |
Resto O.C.D.E |
102 |
108 |
Resto mundo |
161 |
168 |
Total |
464 |
539 |
3.4. Estimación del valor unitario
robusto
Una vez identificadas las anteriores
clases elementales se pasa a estimar su valor unitario. La existencia de una
cantidad significativa de valores atípicos en los valores unitarios, debido
bien a errores en la base de datos original o bien a una excesiva heterogeneidad
intraclase, plantea la necesidad de aplicar métodos de estimación de valores
unitarios robustos.
Para evitar estos valores atípicos y, por
tanto, efectuar correctamente la estimación de esta variable, la medición del
valor unitario se realiza mediante estimadores robustos. Cada clase elemental
se puede considerar como un espacio muestral constituido por n elementos
(registros de los ficheros de Aduanas). La hipótesis de partida es suponer que
cada clase elemental es homogénea respecto a la variable valor unitario. Así,
los valores unitarios que estén muy alejados del valor unitario medio dentro de
la clase elemental, bien por error, bien porque correspondan a determinados
productos con valores unitarios efectivamente superiores o inferiores al resto
de la muestra, se denominarán valores atípicos.
El tratamiento de los valores atípicos se
efectúa utilizando L-estimadores. Un L-estimador es una combinación lineal de
los valores muestrales ordenados, con pesos más débiles en los extremos de la muestra.
Muestra: X1 X2 ....
Xn
Muestra
ordenada: X(1) X(2) .... X(n)
L-estimador:
Sea una clase elemental constituida por n
registros, cuyos valores y pesos o unidades respectivos son: v1, v2,
...., vn y q1, q2, ...., qn
El valor unitario de cada registro i, pi,
se obtiene como el cociente entre el valor, vi, y el peso o el
número de unidades, qi. La muestra constituida por los valores
unitarios de la clase elemental reordenados según el valor unitario es p(1),
p(2), ....., p(n)
El L-estimador que se construye para la
obtención del valor unitario es:
siendo ó
El estimador recalcula el valor unitario eliminando los
registros de la clase elemental cuyos valores unitarios se encuentran por
debajo del percentil inferior p([np]+1) o por encima del percentil
superior p(n-[np]) .En definitiva, se trata de una media truncada y
ponderada por el peso o el número de unidades relativos de cada registro.
La determinación del tipo de recorte a
aplicar a cada clase elemental se basa en el procedimiento que se detalla a
continuación.
En primer lugar, se calcula el
coeficiente de variación y la cobertura intraclase aplicando un recorte 5+5 a
las clases elementales inicialmente seleccionadas. Los requisitos de
estabilidad que deben cumplir para ser aceptado un recorte son:
-
el coeficiente de variación de la clase ponderado
por los pesos o por el número de unidades debe ser menor del 35% y,
-
la suma del valor de las observaciones eliminadas
deben ser menor del 50% del valor total de la clase elemental (cobertura
intraclase).
Este recorte 5+5 será el utilizado con
carácter general. Con las clases elementales que no cumplan los requisitos de
estabilidad se irán probando otros recortes, tanto simétricos como asimétricos,
hasta recuperar la mayor cantidad posible de clases elementales. Finalmente,
aún quedan clases elementales en las que no ha sido posible aplicar un recorte
y su valor unitario pasa directamente a ser imputado (71 para las exportaciones
y 125 para las importaciones).
Cuadro 4: Nº de clases por tipos de
recorte
|
Exportaciones |
Importaciones |
5+5 |
315 |
266 |
10+10 |
50 |
93 |
15+15 |
24 |
51 |
5+10 |
1 |
1 |
10+5 |
0 |
1 |
5+15 |
2 |
2 |
15+5 |
1 |
0 |
Total clases calculadas |
393 |
414 |
Clases imputadas |
71 |
125 |
Total clases |
464 |
539 |
3.5. Cálculo de los índices
El Sistema Europeo de Cuentas (SEC-95) indica
que dado que en las comparaciones espaciales la diferencia entre las fórmulas
de Laspeyres y Paasche suele ser considerable, la fórmula del índice de Fisher
es la única aceptable para la medición de los componentes de precio y volumen
(SEC-95, 10.03). No obstante, dado que la forma más adecuada de medir estas
variaciones para periodos largos son los índices encadenados, se considera una
alternativa válida los sistemas de índices encadenados tipo Laspeyres para las
cantidades y tipo Paasche para los precios (SEC-95, 10.64). De esta manera, la
metodología empleada ha sido la de índices encadenados tipo Paasche, tal y como
se explica a continuación.
La primera información que se dispone es del año
2000 y se toma como referencia de todo el sistema de los IVU el año 2005. Los
cálculos empiezan con el IVU de enero de 2000.
El proceso de cálculo de los índices es el
siguiente:
Se dispone de dos series
independientes: una que va desde el año 0 al año F y otra que va del año 0 al
año B (donde B es un año anterior al año 0). Se aplica la metodología de
encadenamiento de índices Paasche clásica a cada una de las series, tratando a
efectos de cálculo de los índices la serie que va desde el año 0 al año B como
una serie que avanza en el tiempo. La unión de los índices calculados con ambas
series proporciona la serie de índices encadenados desde 2000 con referencia en
2005, que es la serie deseada con referencia en un año central.
Considérese
a modo de ejemplo que se dispone de datos para los años 2000 a 2010 y que se
quiere calcular la serie de índices de los IVU encadenados tomando como
referencia el año 2005. Fijando la notación, el año 0 corresponderá a 2005, y,
por ejemplo, el año 2003 será el 2 hacia atrás y el año 2009 el 4 hacia
adelante.
Sea F
el número de años hacia delante de los que disponemos información (en el
ejemplo 5) y sea B el número de años hacia atrás de los que existe información
(en el ejemplo 5). El índice f representa variación para año hacia delante,
f=0,1,...F, mientras que el índice b representa variación para año hacia atrás,
b=0,1,...B.
Así,
por ejemplo, cuando b=0 o f=0, el año es 2005, mientras que cuando b=2, el año
es 2003 y cuando f=3 es 2008.
El
índice i se reserva para la numeración del bien. Variará entre 1 y A siendo A
el número de bienes que componen el grupo de agregación A al que hace
referencia.
El
índice m se reserva para el mes, que será 1 en enero, 2 en febrero,...., 12 en diciembre.
Sea VUim,T
el valor unitario del bien i en el mes m del año T (donde T puede tomar un
valor b o f) de forma que el valor unitario medio Paasche del año T-ésimo se
definirá como una media ponderada Paasche de los valores mensuales:
donde
Qim,T: es la cantidad comerciada, medida en peso o
unidades, del bien i en el mes m del año T (p.e. la suma de todas las
cantidades negociadas del bien i de durante el mes m del año T) y la
ponderación wim,T es el peso relativo del mes m en el comercio del bien i durante el
año T, es decir:
siendo
Vim,T el valor comerciado de bien i en el mes m del año T
(p.e. la suma de valores de todos los valores comerciados durante el mes m del
año T del bien i).
Una
vez se dispone de estas cantidades es necesario calcular los índices o
eslabones elementales del mes m del año T con respecto al año T-1 (obsérvese
que el año T-1 será el año anterior cuando se trate de un año F y será el año
posterior en el caso de que se trate de un año B) mediante:
Para
el año 0:
Para el
año T con T>0:
Una
vez se dispone de los índices o eslabones elementales, hay que calcular el
eslabón o índice agregado para cada grupo de agregación A en el mes m del año T
respecto al año T-1 (en el año 0 será respecto del año 0, es decir, se
utilizará en la fórmula siguiente EIVUim,0/0), mediante:
donde
la ponderación p im,T es el peso relativo del bien i dentro del grupo A en el comercio
del mes m durante el año T, es decir:
Una
vez se dispone de los índices agregados encadenados del mes m del año T
respecto al año T-1 (que puede ser posterior o anterior dependiendo si el año T
está a la izquierda o a la derecha del año de referencia), se procede a
calcular los índices medios anuales de los índices agregados como paso previo
para expresar todos los índices del mes m del año T con referencia al año 0. En
concreto:
EIVUAT/T-1:
El índice o eslabón del grupo A en el año T respecto al año T-1 (si T=0,
entonces será el eslabón del año 0 respecto al 0).
Donde
la ponderación hAm,T es el peso relativo del mes m dentro del comercio total del año T
del grupo A, es decir:
De
manera que ya se dispone de todos los instrumentos necesarios para calcular los
índices de cualquier mes respecto al año de referencia.
En
particular para T>1 (para T=0 y para T=1, los índices mensuales ya están en
el año de referencia) se obtiene:
Por
ejemplo, para el mes 8 del año 2002 (b=3) se obtiene:
mientras
que para el mes 9 del año 2009 (f=4) seria:
3.6. Imputación del valor unitario
Los IVU de las clases elementales no seleccionadas
siempre se imputan a partir de los calculados, de manera que todas las clases
elementales tiene asignado un IVU, ya sea calculado o imputado.
Una vez tenemos calculados los índices
simples de las clases elementales seleccionadas se procede a construir el
sistema de índices compuestos para agregar a cualquier nivel de Grupos de
Utilización (GU) (a 4, 2 o 1 dígito, por zona, etc.). El criterio general de
imputación para las clases que restan consiste en asignar a la clase “Flujo*zona*GU*CUCI*Tipo
de unidad” el agregado “Flujo*zona*GU”. Por lo tanto, a estas clases se les
imputa el IVU del flujo, zona y Grupo de Utilización a 4 dígitos que les
corresponde. Si después de este proceso quedan clases sin IVU, se les imputa el
IVU del flujo, zona y Grupo de Utilización a 2 dígitos y sino el IVU del flujo,
zona y Grupo de Utilización a 1 dígito. Esto es debido a que dichas clases pertenecen
simultáneamente a un flujo, zona y a un Grupo de Utilización al nivel de
desagregación de 4 ó 2 dígitos que no contienen ninguna clase seleccionada
3.7. Cálculo de los IVU agregados
Después
de asignar un IVU a todas las clases elementales, bien sea calculado o
imputado, se calculan los IVU agregados por Grupos de Utilización, zonas
geográficas y secciones de CUCI, aplicando las fórmulas de Paasche para índices
compuestos descritas en el punto 3.5. La condición que se impone para que el
IVU de un agregado se considere suficientemente representativo es que el valor
del comercio de las clases elementales calculadas suponga, al menos, el 50% del
valor total del agregado (cobertura del IVU). En el siguiente cuadro se
muestran las coberturas de los agregados que se publican para el año 2005, el
año de referencia.
Cuadro 5: Cobertura de los IVU para 2005
|
Exportaciones |
Importaciones |
Total |
90,7 |
79,7 |
Según
destino económico (Grupos de Utilización) |
|
|
Bienes de consumo |
96,7 |
85,1 |
Bienes de consumo alimentario |
97,7 |
92,2 |
Bienes de consumo no alimentario |
93,7 |
83,2 |
Bienes de capital |
69,2 |
72,0 |
Bienes intermedios |
80,7 |
78,8 |
Bienes intermedios agrícolas |
69,9 |
66,0 |
Bienes intermedios energéticos |
82,1 |
84,7 |
Bienes intermedios industriales |
86,4 |
78,4 |
Bienes no energéticos |
79,7 |
79,3 |
Según
secciones de la CUCI Rev. 3 |
|
|
0. Productos alimenticios y animales
vivos |
96,2 |
80,6 |
1. Bebidas y tabaco |
77,0 |
83,5 |
2. Materiales crudos no comestibles,
exc. combustibles |
78,0 |
70,4 |
3. Combustibles y lubricantes minerales |
74,9 |
87,7 |
5. Productos químicos y conexos |
83,5 |
76,2 |
6. Articulos manufacturados
clasificados según el material |
94,7 |
77,2 |
7. Maquinaria y equipo de transporte |
87,9 |
83,4 |
8. Artículos manufacturados diversos |
85,2 |
80,4 |
Según
áreas geográficas |
|
|
UE |
92,4 |
81,1 |
OCDE |
92,1 |
86,2 |
Resto del mundo |
84,8 |
81,1 |
3.8
Depuración
Uno de los principales inconvenientes de los IVU es su
elevada volatilidad, ya que reproducen la irregularidad de las estadísticas aduaneras,
que constituyen su materia prima. A esto hay que unir los frecuentes errores
cometidos por los operadores cuando rellenan los campos de peso y unidades en
sus declaraciones que dan lugar también a valores unitarios extremos. Además,
el “efecto composición” es otra fuente habitual de valores atípicos.
Por todo esto es necesario depurar estos valores atípicos
para eliminar en lo posible su efecto sobre los índices finales.
4.
Difusión de resultados
Se
publican mensualmente los siguientes índices para la Comunitat Valenciana,
tanto para importaciones como para exportaciones:
- IVU
total, que abarca todo el comercio exterior
- Por
destino económico de los bienes (Grupos de Utilización)
Bienes de consumo
Bienes de consumo
alimentarios
Bienes de consumo no
alimentarios
Bienes de capital
Bienes intermedios
Bienes intermedios agrícolas
Bienes intermedios
energéticos
Bienes intermedios
industriales
Bienes no energéticos
- Por
secciones de la CUCI Rev. 3
0.
Productos alimenticios y animales vivos
1. Bebidas y tabaco
2.
Materiales crudos no comestibles, exc. combustibles
3.
Combustibles y lubricantes minerales
5.
Productos químicos y conexos
6.
Artículos manufacturados clasificados según el material
7.
Maquinaria y equipo de transporte
8.
Artículos manufacturados diversos
-
Zonas económicas
Unión Europea (UE)
Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE)
Resto del mundo
En principio, los índices
que se publican son los que realmente merecen cierta confianza en cuanto a
representatividad y cobertura. Si se desciende a niveles mayores de
desagregación, por ejemplo GU a dos dígitos, ya no hay garantías de que todos
los IVU considerados en esta desagregación sean fiables; lógicamente ocurrirá
que a ese nivel los IVU que se obtienen son representativos para muchos Grupos
de Utilización, que además son los que aportan la mayor parte del valor del
comercio exterior. Obviamente, cuanto más se desagregue, mayores son los
problemas de representatividad de los índices de valor unitario.
Debido a que los
datos del comercio exterior de un año se modifican cada mes que se recibe
información y no son definitivos hasta pasados unos diez meses del fin del año,
los resultados serán provisionales hasta que los datos del comercio exterior
sean definitivos.